• Estudio de Títulos
• Confección de Escrituras
• Contratos en General
Estudio de títulos
El estudio de títulos consiste en la evaluación que se realiza sobre los antecedentes legales de una propiedad que es objeto de transacción comercial, con la finalidad de determinar su ajuste a derecho y que el bien se encuentre en óptimas condiciones de ser transferido a otro titular.
El tiempo de dicho estudio, dependerá del tipo de propiedad que se está evaluando y la cantidad de antecedentes que deban revisarse, estimando que puede tomar entre 2 semanas a 2 meses.
Para el caso, será necesario disponer de los siguientes antecedentes generales;
- Copia de escritura pública que da origen al dominio vigente (del actual propietario)
- Copias de las escrituras publicas anteriores y sus respectivas inscripciones, hasta completar 10 años a la fecha
- Inscripción de dominio vigente (a nombre del actual propietario)
- Certificados de Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones (con litigio)
- Certificado de No Expropiación Municipal
- Certificado de No Expropiación SERVIU
- Certificado de Número Municipal
- Certificado de Informes Previos
- Certificado de Recepción Final
- Comprobante de pago de aseo domiciliario
- Si el actual o anterior propietario adquirieron en virtud de una herencia agregar;
- Copia de la inscriçón de poseción efectiva, acreditando el pago de impuesto a la herencia
- Copia de la inscripción especial de herencia (con vigencia, si fuese el título del actual poseedor
- Copia de la inscripcón de testamento (si la herencia fuese testada)
Confección de Escrituras (públicas)
Las escrituras públicas materializan las condiciones y acuerdos a que han llegado las partes, en el caso de una venta se formaliza mediante la escritura de compraventa, es decir, el traspaso y dominio de una propiedad del vendedor al comprador.
Las escrituras públicas se deben firmar siempre en notaría, instancia por el cual un notario da fe de la identidad de los otorgantes y de la fecha en que se otorga el instrumento. Además, los documentos firmados quedan en custodia del notario correspondiente por el tiempo que especifica la ley y, posteriormente, pasan a custodia del archivero judicial competente.
Idealmente y dependiendo del tipo de contrato, será más recomendable firmar una escritura pública, esto con la finalidad de darle mayor grado y fuerza legal a las obligaciones que de él emanan y, en caso de incumplimiento, la parte afectada contará con un mayor número de herramientas para exigir que su contraparte cumpla con lo pactado
En el caso de las promesas de compraventa o contratos de arriendo, es recomendable tambien inscribirlas en el respectivo Conservador de Bienes Raíces de su comuna.
Contratos en general
- Publicos
- Privados